
La decisión del tribunal, que se conocerá en los próximos días, puede redefinir no sólo el futuro financiero del distrito de Cartagena, sino también Limitaciones del sistema de valoración en Colombia. Esta es una acción popular y conocida. TIEMPO y que hay bajo el microscopio recaudación de intereses por valor de casi 100.000 millones de dólares, derivado de A compromiso inicial de aproximadamente 9.600 millones de dólares, asociado con construcción de la carretera Cartagena-Barú.
Tamaño aumentar en casi un 990% ha causado alarma entre los contribuyentes, los expertos y el sector jurídico, que advierten posibles irregularidades en la carretera el contrato ha sido preparado y ejecutadoy concesión número VAL-02-06 entre el Distrito y el Consorcio Vial Isla Barú.
Demanda presentada por abogado Eduardo del Río, Surge una pregunta fundamental: ¿puede el Condado transferir a los ciudadanos la carga financiera resultante de una relación contractual en la que no participaron?
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Dos relaciones jurídicas en conflicto
El caso gira en torno a una tensión clave: la diferencia entre relación contractual entre el Distrito y el concesionario y la relación fiscal entre El condado y los contribuyentes.
Para los demandantes, combinar estos dos escenarios significa trasladando a los ciudadanos las consecuencias de la mala gestión administrativa en los últimos cuatro períodos de gobierno. Según ellos, la valoración es un impuesto que debe guiarse por los principios de equidad y proporcionalidad, y no puede convertirse en un mecanismo para cubrir disputas contractuales no resueltas.
Y el conflicto entre el Condado y la concesionaria no es nuevo. No ha habido una resolución final durante más de veinte años, en medio de polémicas por supuestas incompatibilidades, diferencias económicas y cuestionamientos sobre la duración del contrato.
Intereses sospechosos
Vía Playetas en Barú, en la parte insular de Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Uno de los puntos más críticos de este proceso es el crecimiento exponencial de la deuda. Según los archivos, el capital inicial se acerca a los 10 mil millones de dólares escalaría a montos superiores a los USD 100.000 millones, principalmente por la acumulación de intereses.
Este fenómeno hizo que los demandantes se dieran cuenta posible existencia de anatismo, es decir, cobrar intereses sobre intereses, lo cual es una práctica muy restrictiva en el ámbito público.
El Consejo de Estado afirmó claramente que los intereses de demora No pueden convertirse en un mecanismo de enriquecimiento injusto ni ir más allá de los principios de proporcionalidad. En el presente caso, los demandantes sostienen que la evaluación se ha convertido en una carga prácticamente imposible de cumplir.
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Otro eje de la disputa es la no aplicación del Acuerdo No. 012 de 2018, que estableció Alivio del 90% de intereses de demora para que los contribuyentes puedan ponerse al día.
Él El distrito excluyó a los propietarios de inmuebles en la vía a Barú, alegando que la cartera estaba en manos de la concesionaria y que el contrato no había sido liquidado. Sin embargo, los demandantes así lo creen. Esta decisión viola el principio de igualdad fiscal, mediante un trato diferente sin justificación suficiente.
Una campaña popular advierte que las decisiones tardan años en tomarse causaría daño colectivo, documentado en tarifas excesivas, cobro desproporcionado de intereses, denegación de beneficios fiscales y prórroga del contrato por tiempo indefinido sin liquidación.
Más allá de las cifras, el caso plantea interrogantes sobre la moralidad administrativa. – subrayan los demandantes posibles fallos como negligencia de la dirección, desvío de poder y beneficios desproporcionados para el concesionario, así como el hecho de que la cartera tributaria pública ha sido administrada por una entidad privada durante años.
Ante esta situación, la Alcaldía de Cartagena explicó a este medio Esta tarifa cobrada por el concesionario permanecería bajo el contrato. firmado en 2006.
La respuesta del alcalde
La Alcaldía de Cartagena en la icónica Plaza de la Aduana. Foto:Juan Montaño – EL TIEMPO
consultado por TIEMPO, La alcaldía de Cartagena envió un mensaje de tranquilidad a los vecinos de la zona de impacto del proyecto.
«Un mensaje de la Oficina del Mariscal sobre tranquilidad para los vecinos de la zona afectada por las obras, dejando esto claro No se permitirán comisiones o intereses excesivos o indebidos a efectos de valoración.– dijo la junta distrital.
Además, precisó que las inversiones en mantenimiento vial fueron financiadas con fondos propios del Distrito y que así fue No se distribuirán a los ciudadanos. También explicó que hasta el momento, entre otros: No se iniciaron procesos de cobro obligatorio de deudas ni se impuso ningún embargo. u otras precauciones.
En cuanto al estado del proceso, lo antes mencionado Departamento de Administración de Valoración lo informó Actualmente se está realizando un análisis detallado de las cifras para determinar el monto exacto de los pasivos. que puede deberse al vendedor.
«Cual se expresará en la etapa de liquidación del contrato, que inició en febrero del año pasado», indicó la entidad.
Hay un precedente en juego
Vía Playetas en Barú, en la parte insular de Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Él El próximo fallo no sólo determinará quién debe hacerse cargo de esta obligación multimillonaria. yo también podría sentarme precedente dentro de los límites del sistema de valoración, gestión de la contratación pública y protección de los derechos de los contribuyentes.
EL TIEMPO consultó a expertos quienes explicaron que de confirmarse las irregularidades denunciadas el tema de la vía a Barú podría convertirse en un ejemplo de cómo una obligación pública puede crecer hasta un nivel desproporcionado, poniendo en riesgo la confianza de los ciudadanos y la vida del modelo en sí.
Lo que está en juego va más allá de las cifras. Esta es la definición, sí. En Colombia, los errores del Estado pueden convertirse en deudas impagables para los ciudadanos.
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